CAMPAÑA RENTA
Del 15 de Abril al 26 de Junio
Este Colegio vuelve a contar este año con los servicios fiscales de la asesoría Blanco y Rey para realizar gratuitamente las declaraciones de la Renta a los colegiados interesados de forma conjunta o individual, siempre que sea médico colegiado (única y exclusivamente rentas correspondientes al ejercicio 2019).
Con motivo de la actual situación de alarma generada por la expansión del Covid-19, este año las declaraciones se harán de forma telefónica contactando con la asesoría.
El teléfono de la asesoría para las citas es el siguiente: 986.864.913 (mail
DATOS NECESARIOS PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN:
1º.- Declaración de retribuciones del cónyuge e hijos menores de 18 años, si son trabajadores por cuenta ajena.
2º.- Declaración de la renta del ejercicio anterior.
3º.- Pensiones de jubilación, orfandad, viudedad, invalidez, incapacidad, prestaciones por desempleo y ayudas familiares.
4º.- Dividendos y participaciones en sociedades.
5º.- Intereses, retenciones, saldos de cuentas bancarias, letras del tesoro y otros activos financieros.
6º.-Recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de 2019.
7º.-Rentas de viviendas y locales alquilados y gastos deducibles en los mismos.
8º.-Los empresarios acogidos al Régimen de Estimación Objetiva en su modalidad de signos, índices o Módulos durante el año 2016, deberán aportar los modelos 131 y 390 del año 2018, resumen anual de consumo eléctrico y las variaciones, si las hubieses, hasta el 31.12.2019.
9º.- Los empresarios acogidos a la modalidad de Estimación Directa Normal o simplificada durante el año 2015 deberán aportar los modelos 130 y 390 del año 2019 y un resumen con los siguientes datos: ingresos íntegros en 2019, coste de personal (sueldos de empleados, seguros sociales y autónomos del titular), compras consumidas, consumo de energía y agua, alquileres correspondientes a los locales de la actividad, gastos financieros, primas de seguros, tributos no estatales, reparaciones y conservación, trabajos relaciones con la actividad realizados por otras empresas.
10.- Cantidades invertidas en el 2019 por adquisición o rehabilitación de viviendas y cuenta vivienda. Seguros de hogar y vida si estuviesen obligados por hipoteca.
11º.- Aportaciones a planes de Pensiones y Mutualidades de Previsión Social, así como cuotas abonadas al Colegio Médico durante el 2019. También las donaciones a entidades benéficas y cuotas a partidos políticos y sindicatos
12º.- Deducciones autonómicas.
Por circunstancias personales y familiares:
Nacimiento o adopción.
Familia numerosa.
Cuidado hijos menores.
Acogimiento familiar de menores.
Alquiler de vivienda habitual para jóvenes.
Gastos derivados al uso de nuevas tecnologías en los hogares gallegos.
IMPUESTO DE PATRIMONIO
Sólo estarán obligados a declarar por este impuesto quienes tengan un patrimonio global de más de un millón de euros.
Tendrán que hacerlo si el valor de su vivienda habitual supera los 300.000 euros y si la suma de sus ahorros, vehículos, acciones, joyas u otros bienes tiene un valor por encima de los 700.000 euros.