Adjuntamos circular que nos remite el Ministerio de Sanidad a través de la Comisión de Recursos Humanos del SNS en relación con la previsión de retomar la prueba ECOE sobre acceso excepcional al título de médico especialista en medicina familiar y comunitaria.
Desde la Dirección General de Ordenación Profesional tenemos intención de retomar el asunto “ECOE” y proceder a la celebración de la prueba objetiva prevista en el art. 3 del Real Decreto 1753/1998, de 31 de julio, sobre acceso excepcional al título de médico especialista en medicina familiar y comunitaria y sobre el ejercicio de la medicina de familia en el SNS. Nos gustaría celebrarla lo antes posible durante este año 2021, si los plazos lo permiten.
Os facilitamos la normativa reguladora del procedimiento “ECOE” para su difusión a las mismas. Es muy breve y permite determinar cómo será la prueba objetiva que nos gustaría celebrar a lo largo de este año, al menos la primera de las tres convocatorias, y cuya ejecución material compete a las CCAA:
- Artículo 3 del Real Decreto 1753/1998, de 31 de julio, sobre acceso excepcional al título de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria y sobre el ejercicio de la Medicina de Familia en el Sistema Nacional de Salud. Acceso al texto consolidado (el artículo 3 describe cómo debe ser la prueba objetiva): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1998-20604
o Real Decreto 220/2013, de 22 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1753/1998, de 31 de julio, sobre acceso excepcional al título de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria y sobre el ejercicio de la Medicina de Familia en el Sistema Nacional de Salud, fijando el 31 de mayo de 2013 como fecha límite en el plazo de presentación de solicitudes de admisión de los aspirantes al título.
- Resolución de 17 de diciembre de 2001, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se establecen las características comunes de las pruebas a que se refiere el artículo 3 del Real Decreto 1753/1998, de 31 de julio: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-798&a=a&orden=conte.
o Resolución de 15 de octubre de 2013, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se modifica la de 17 de diciembre de 2001, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se establecen las características comunes de las pruebas a que se refiere el artículo 3 del Real Decreto 1753/1998, de 31 de julio: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-11252.
- Resolución de 27 de enero de 2014, de la Dirección General de Ordenación Profesional, por la que se publican las bases comunes de la prueba objetiva prevista en el artículo 3 del Real Decreto 1753/1998, de 31 de julio, aplicables a las convocatorias realizadas por las distintas comunidades autónomas para los aspirantes admitidos al procedimiento excepcional de obtención del título de médico especialista en Medicina Familiar y Comunitaria: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-1882
Si necesitáis cualquier aclaración estamos a vuestra disposición y esperamos poder reunirnos con las unidades competentes de las comunidades autónomas en el mes de julio si fuera posible y hacer una reunión posterior con la Comisión de la Especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria.
Secretaría
Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud
DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN PROFESIONAL
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COHESIÓN Y ALTA INSPECCIÓN DEL SNS
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91 596.43.69
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