Declaraciones de la RENTA 2023

CAMPAÑA RENTA

 Del 08 de Abril al 26 de Junio

Este Colegio vuelve a contar este año con los servicios fiscales de la asesoría Blanco y Rey para realizar gratuitamente las declaraciones de la Renta a los colegiados interesados de forma conjunta o individual, siempre que sea médico colegiado (única y exclusivamente rentas correspondientes al ejercicio 2023).

Para ello, debes ponerte en contacto directamente con la asesoría con el fin de solicitar cita para la realización de la declaración.

El teléfono y el mail de la asesoría para las citas son los siguientes:  986.864.913   (mail Este enderezo de correo está a ser protexido dos robots de correo lixo. Precisa activar o JavaScript para velo.). 

Es importante a la hora de solicitar la cita, facilitar el número de DNI y la fecha de validez del mismo.

DATOS NECESARIOS PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN:

Es indispensable tener a mano el DNI para poder facilitar la fecha de caducidad y la declaración de la renta del año 2022.

1º.- Declaración de retribuciones del cónyuge e hijos menores de 25 años.
2º.- Importe de la cuota colegial.
3º.- Pensiones de jubilación, orfandad, viudedad, invalidez, incapacidad, prestaciones por desempleo y ayudas familiares. 
4º.- Dividendos y participaciones en sociedades. 
5º.-Rentas de viviendas y locales alquilados y gastos deducibles en los mismos, además del  número del DNI de los inquilinos.
6º.-Los empresarios acogidos al Régimen de Estimación Objetiva en su modalidad de signos, índices o Módulos durante el año 2023 deberán aportar los modelos  131 y 390 del año 2023, resumen anual de consumo eléctrico y las variaciones, si las hubieses, hasta el 31.12.2023. 
7º.- Los empresarios acogidos a la modalidad de Estimación Directa Normal o simplificada durante el año 2023 deberán aportar los modelos 130 y 390 del año 2023 y un resumen con los siguientes datos: ingresos íntegros en 2023, coste de personal (sueldos de empleados, seguros sociales y autónomos del titular), compras consumidas, consumo de energía y agua, alquileres correspondientes a los locales de la actividad, gastos financieros, primas de seguros, tributos no estatales, reparaciones y conservación, trabajos relaciones con la actividad realizados por otras empresas. 
8.- Cantidades invertidas en el 2023 por adquisición o rehabilitación de viviendas y cuenta vivienda si existe el derecho a desgravarlas. Seguros de hogar y vida si estuviesen obligados por hipoteca.
9º.- Aportaciones a planes de Pensiones y Mutualidades de Previsión Social, así como cuotas abonadas al Colegio Médico durante el 2023. También las donaciones a entidades benéficas y cuotas a partidos políticos y sindicatos
10º.- Deducciones autonómicas.
Por circunstancias personales y familiares:
Nacimiento o adopción.
Familia numerosa.
Cuidado hijos menores.
Acogimiento familiar de menores.

Alquiler de vivienda habitual para jóvenes.

Gastos derivados al uso de nuevas tecnologías en los hogares gallegos.

Inversión: compra de acciones o participaciones sociales en nuevas entidades 

Inversión en instalaciones de climatización y agua caliente en viviendas con energías renovables

Inversión en acciones de entidades que coticen en Bolsa

Donaciones para investigación en ciencia

11º- Subvenciones de cualquier característica recibidas en el año 2023

12º.- Compra de vehículos eléctricos.

IMPUESTO DE PATRIMONIO

Sólo estarán obligados a declarar por este impuesto quienes tengan un patrimonio global de más de un millón de euros. 
Tendrán que hacerlo si el valor de su vivienda habitual supera los 300.000 euros y si la suma de sus ahorros, vehículos, acciones, joyas u otros bienes tiene un valor por encima de los 700.000 euros.